Hacia una economía de la gratitud
Luego de ciertas modificaciones legales que aumentaron marcadamente las restricciones al uso de material protegido bajo las leyes de propiedad intelectual norteamericanas, Lawrence Lessig, un abogado de San Francisco, fundó en 2002 la organización sin fines de lucro Crative Commons, a través de la cual apuntaba a redefinir la función de los derechos de autor.
Con ese objetivo, confeccionó una serie de licencias que, enmarcadas en el cuerpo legislativo norteamericano, otorgan al autor la posibilidad de flexibilizar el uso de sus creaciones por terceros. Según la legislación corriente, el autor se reserva los derechos de copia y reproducción (lo que expresa la frase “derechos reservados”) del material que crea, y puede transferirlos a quienes designe explícitamente. Quien copiara o reprodujera obras sin la autorización de su autor, estaría infringiendo la ley.
Las licencias Creative Commons intentan cambiar esta dinámica. Cuando un autor distribuye su trabajo bajo estas licencias, puede, a través de cláusulas opcionales e intercambiables, expresar qué tipo de reutilización permite. Las cláusulas son: la de atribución, la de prohibición a la modificación de la obra, la de prohibición de uso en trabajos comerciales y la de compartir obras derivadas. Así, el permiso está establecido de antemano, no es necesario solicitarlo.
Descritas brevemente:
- Por atribución se refieren a que, ante cualquier tipo de reutilización, el tercero debe especificar quién fue el autor original del trabajo sobre el que se basó.
- La prohibición a la modificación de la obra (también denominada “sin obras derivadas”) determina que el trabajo creativo puede ser copiado y redistribuido, pero sin alterar su forma o contenido.
- La prohibición de uso en trabajos comerciales define que la obra no puede ser reutilizada en actividades que signifiquen un potencial lucro por parte de los reutilizadores.
- La cláusula de compartir obras derivadas limita la redistribución de la obra derivada a la misma licencia que la original.
Desde sus comienzos, las licencias están respaldadas por la organización de Cretive Commons, que a través del tiempo, se encargó de la difusión de los estándares que promueven. Define el vector de avance del movimiento, y nuclea los grupos que representan a la organización en los distintos países del mundo. Estos, a su vez, adaptan las licencias a la legislación local.
Sin lugar a dudas, el concepto y la dinámica de utilización de estas licencias es ampliamente discutible, es un generador constante de controversias. Pero, si se contempla el crecimiento continuo de su adopción, mayormente en internet, como en flickr.com, wikipedia.org, el MIT o el celebrado caso de Radiohead, pero también en medios no digitales, puede apreciarse cómo las licencias cambiarían significativamente la estructura establecida para la distribución de contenido creativo. Si las medidas internacionales continuaran oponiéndose al libre uso y distribución de este tipo de trabajos, no sería descabellado predecir un vuelco, más o menos repentino, hacia alternativas como esta.
